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El Gobierno establece límites a los intereses de préstamos al consumo y dos nuevos regímenes

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El Gobierno limita los tipos de interés de los préstamos al consumo y crea dos regímenes

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, ha propuesto crear dos regímenes de costes para los préstamos al consumo, limitando los tipos de interés aplicados a estos créditos y eliminando los microcréditos con plazos de reembolso inferiores a tres meses. Esta medida tiene como objetivo proteger a los consumidores de tasas de interés excesivas y regular el sector de manera más efectiva.

El pasado miércoles, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley que regula los créditos al consumo, en la que se establece un régimen general de limitación de costes, de manera que la Tasa Anual Equivalente (TAE) no supere un determinado nivel de tipo de interés máximo. Además, se incluye un segundo régimen de limitación de tipos que forma parte de una regulación integral de los créditos de alto coste.

En cuanto al primer régimen, se fijará un límite general a partir del tipo de interés medio de los créditos al consumo, al que se le añadirá un margen según tramos de importe del crédito. Los segmentos y márgenes previstos en el anteproyecto son:
– 15 puntos porcentuales para importes iguales o inferiores a 1.500 euros;
– 10 puntos porcentuales para importes superiores a 1.500 e inferiores a 6.000 euros;
– 8 puntos porcentuales para importes superiores a 6.000 euros con un plazo de vencimiento inferior a 8 años;
– 6 puntos porcentuales para importes superiores a 6.000 euros con un plazo de vencimiento superior a 8 años.

Estos límites se actualizarán y publicarán trimestralmente por el Banco de España, de forma anticipada al trimestre de aplicación.

El Gobierno ha propuesto aplicar un límite máximo transitorio del 22% hasta la entrada en vigor del Real Decreto que defina estos tramos, siendo este límite aplicable a las nuevas operaciones formalizadas en ese periodo. Asimismo, esta medida se aplicará a la liquidación de operaciones de tarjetas ‘revolving’ existentes.

El segundo régimen se dirige a los créditos de alto coste, conocidos también como microcréditos, que normalmente son de bajo importe y tienen plazos de reembolso reducidos con tipos elevados. En este caso, se ha fijado un tipo de interés mensual del 4% y una comisión máxima del 5%, sujeta a un máximo de 30 euros. Además, el costo máximo de estos créditos no podrá ser superior al de un crédito a doce meses por el mismo importe bajo el régimen general.

Para los microcréditos, se establecerá un periodo mínimo de reembolso de al menos tres cuotas mensuales. En este sentido, el Ministerio de Economía ha ejemplificado que, actualmente, un microcrédito de 300 euros con un plazo de 30 días genera un coste promedio de 103 euros. Con la nueva normativa, este tipo de crédito deberá ser reembolsado en un mínimo de tres meses, con un coste máximo de 40 euros. Si el consumidor opta por reembolsar a los 30 días, el costo será de 20 euros.

Estas modificaciones van acompañadas de la imposición de mayores obligaciones a los prestamistas de este tipo de productos. Las entidades autorizadas a conceder microcréditos deberán proporcionar información específica y reforzada con una antelación mínima de 24 horas, permitiendo que los consumidores tomen decisiones plenamente informadas.

Adicionalmente, el Gobierno ha propuesto incrementar los requisitos de publicidad para estos créditos. Se ha establecido la prohibición de resaltar la rapidez o facilidad de obtención de un crédito de alto coste por encima de sus características esenciales, como el coste total del crédito.

Otra de las novedades importantes del anteproyecto es que solo podrán conceder estos préstamos las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España. Para fomentar la competencia, se crearán dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (Efcal) y los prestamistas de alto coste autorizados.

Los Efcal tendrán un régimen simplificado basado en el de los establecimientos financieros de crédito, lo que facilitará la competencia y promoverá la innovación en este mercado. Por su parte, los prestamistas de alto coste autorizados se limitarán a ofrecer créditos de alto coste.

Para prevenir el sobreendeudamiento de los consumidores, el Gobierno exigirá que se realice una consulta obligatoria al historial crediticio del cliente. Asimismo, se prevé que tal consulta sea obligatoria para los créditos de alto coste.

Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Carlos Cuerpo destacó el crecimiento de los créditos al consumo, que han alcanzado niveles no vistos en 20 años, situándose en 114.000 millones de euros, lo que representa un 15% del total de crédito concedido a familias. Sin embargo, Cuerpo también subrayó la falta de transparencia de los microcréditos, estimando que su stock equivaldría a unos 500 millones de euros, afectando a casi un millón de operaciones.

En cuanto a la transparencia, el anteproyecto contempla diversas medidas, como la obligación de destacar elementos esenciales de la información precontractual en una sola página y la creación de servicios de asesoramiento para deudores en dificultades, que incluirá asistencia financiera, jurídica y psicológica.

Finalmente, el anteproyecto también incorpora cambios para cumplir con la directiva de servicios financieros a distancia, reforzando la protección del consumidor, como la obligación de incluir funciones de desistimiento en la interfaz en línea y medidas para evitar técnicas que distorsionen las decisiones de los consumidores.

Este anteproyecto se somete a audiencia pública desde hoy, permitiendo que los interesados puedan presentar alegaciones hasta el 30 de enero.

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